Dos carriles, un solo beneficiario: usted
El estado lleva el caso penal (el castigo público); usted lleva el civil (su dinero). No se estorban: su reclamo corre con sus propios plazos sin esperar sentencias, y la vara civil es más baja — la evidencia del arresto suele bastar aunque el cargo termine rebajado. Lo que el carril penal le regala al suyo: el reporte con la alcoholemia, los videos de la patrulla, y la eventual declaración de culpa que en negociación pesa como yunque. Pida el número del caso penal; su abogado da el seguimiento.
Los punitivos: el castigo que usted cobra
La compensación repara; los punitivos castigan la decisión de manejar sabiendo el riesgo del alcohol — el caso clásico de California. Dos detalles los vuelven palanca: se pagan del bolsillo del conductor (los seguros no pueden cubrir castigos), y esa exposición personal hace que el otro lado negocie distinto. Pedirlos bien, desde el principio y con el expediente penal en la mano, es frecuentemente la diferencia entre un acuerdo normal y uno serio.
La restitución no es su acuerdo
Si hay condena, la corte penal puede ordenarle pagar sus gastos documentados — tómela: es suya. Pero conozca su techo: no cubre dolor, ni futuro, ni el caso completo. La restitución es un abono; la cuenta completa es el pago.
El libreto de la víctima de DUI
Todo el día uno — con el reporte del sheriff o la CHP como pieza estrella — más el doble NO a la oferta exprés: aquí es donde más corren, porque saben lo que los jurados hacen con los borrachos. ¿El ebrio huyó? Fuga + alcohol = caso doble, con su UM trabajando mientras lo encuentran. La consulta gratis lee su caso con el expediente penal en la mano — y le dice cuánto vale la prisa de ellos.


